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POLÍTICA PÚBLICA
POLÍTICA PÚBLICA2026-05-25Daniel Marulanda12 min lectura

CONPES 3958 · 12 obligaciones del catastro multipropósito que se le olvidan al municipio

Lectura operativa del CONPES 3958 de 2019 que define la política de catastro multipropósito en Colombia. Las 12 obligaciones concretas para municipios, qué cambia frente al CONPES 3859 y cómo demostrar cumplimiento ante DNP.

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TerraesPublicado originalmente en Terraes

El CONPES 3958 de 2019 es el documento que define la política nacional de catastro multipropósito. La mayoría de funcionarios municipales lo citan, casi ninguno lo lee completo. Tiene 60 páginas. Este post extrae 12 obligaciones operativas que afectan a cualquier alcaldía colombiana — incluso las que no han firmado actualización todavía.

Contexto · de dónde viene

Antes del CONPES 3958 estaba el CONPES 3859 de 2016, primera política pública de catastro multipropósito. Identificó el problema central: más del 94% del territorio colombiano tenía información catastral desactualizada. Definió pilotos para probar el modelo.

En 2019 el CONPES 3958 lo reemplaza con una visión más amplia y, sobre todo, con una estrategia de implementación: institucionalidad, financiación, hoja de ruta y meta nacional de 70% del territorio actualizado para 2026 (revisada después).

El CONPES 3958 no es un manual técnico. Es una política pública con obligaciones distribuidas entre IGAC, DNP, ministerios y entidades territoriales. Las 12 que siguen aplican al municipio.

Las 12 obligaciones operativas

1 · Adoptar formalmente el catastro multipropósito

No basta con "trabajar el catastro". El municipio debe adoptar formalmente la política multipropósito mediante acto administrativo (decreto del alcalde o acuerdo del concejo). Sin esto, no entra al Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC).

2 · Tener un gestor catastral habilitado

Tres caminos:

  • Habilitarse el propio municipio (alto costo institucional, solo viable para municipios grandes)
  • Contratar a un gestor habilitado existente (su área metropolitana, gobernación, o un gestor privado)
  • Que IGAC opere como gestor por defecto

El municipio debe escoger uno. No tener gestor es no cumplir el CONPES.

3 · Cumplir con LADM-COL como modelo de datos

Toda información catastral debe modelarse en LADM-COL (perfil colombiano de ISO 19152). Esto incluye predios, derechos, restricciones, unidades administrativas y avalúos. No es opcional: el SINIC rechaza información que no esté en LADM-COL.

4 · Entregar al SINIC en formato RIC/XTF

El Repositorio de Información Catastral (RIC) se entrega en formato XTF (Interlis 2.4) al SINIC con periodicidad anual mínima. Cada entrega es validada por IGAC antes de aceptarse.

5 · Mantener actualizado el catastro mediante conservación

La actualización catastral no es un evento de una vez. El CONPES exige conservación continua: cinco tipos de mutaciones (R.1149), bitácora auditable, atención al ciudadano. Una alcaldía que se "actualiza" cada 10 años no cumple.

6 · Garantizar componente social y enfoque diferencial

Resguardos indígenas, comunidades afrodescendientes y territorios colectivos requieren consulta previa cuando aplica + plan de socialización + actas trazables. Sin esto, control fiscal observa el proceso.

7 · Articular catastro con sistema de información geográfica municipal

El catastro multipropósito no vive solo: alimenta el SIG municipal de ordenamiento, gestión de riesgo, infraestructura, servicios públicos. El CONPES exige interoperabilidad. Sistemas en silos = incumplimiento.

8 · Articular catastro con sistema fiscal del municipio

Avalúos actualizados deben fluir al sistema de impuesto predial. Si avalúo en catastro es X y avalúo en SICtax es Y, la entidad no cumple. La interface bidireccional es obligación, no opción.

9 · Implementar atención al ciudadano

Portal ciudadano (tipo Mi Predio): consulta, PQRSD, oposición. Procedimiento documentado, tiempos de respuesta, trazabilidad. Sin esto, el ciudadano no puede ejercer sus derechos sobre la base catastral.

10 · Reportar avances al DNP / IGAC periódicamente

El CONPES define un esquema de reporte: avance en cobertura, predios actualizados, tipos de mutaciones procesadas, recaudo incremental. El municipio que no reporta no aparece en las estadísticas nacionales — y queda fuera de futuras priorizaciones de financiación.

11 · Garantizar propiedad pública del dato

La base catastral, el diccionario LADM-COL, la bitácora de cambios y los soportes documentales son propiedad de la entidad territorial, no del operador o gestor que ejecuta. Si el contrato no protege esto, hay riesgo de pérdida de soberanía técnica.

12 · Asegurar continuidad presupuestal multianual

Catastro multipropósito es proyecto plurianual (24+ meses). El CONPES exige provisión presupuestal multianual con autorización de Hacienda. Municipios que financian solo el año 1 y "después vemos" colapsan al final.

Lo que cambia frente al CONPES 3859

| Aspecto | CONPES 3859 (2016) | CONPES 3958 (2019) | |---|---|---| | Enfoque | Pilotos + diagnóstico | Implementación nacional con meta | | Institucionalidad | IGAC + DNP coordinan | IGAC + DNP + ministerios + entidades territoriales | | Cobertura objetivo | No definida | 70% del territorio (revisado después) | | Financiación | Caso a caso | Esquema de fuentes mixtas (SGP, SGR, propios, cooperación) | | Modelo de datos | LADM-COL como recomendación | LADM-COL como obligación | | Habilitación de gestores | IGAC monopolista | Apertura a gestores públicos y privados habilitados | | Atención al ciudadano | No central | Portal y procedimiento obligatorios |

El CONPES 3958 es más concreto, más exigente y más distribuido en responsabilidades.

Cómo demostrar cumplimiento ante DNP

Cuatro evidencias mínimas:

  1. Acto administrativo de adopción del catastro multipropósito (decreto o acuerdo)
  2. Contrato vigente con gestor habilitado o resolución de habilitación propia
  3. Última entrega XTF al SINIC aceptada por IGAC
  4. Reporte periódico a DNP (formato y periodicidad según lineamientos)

Sin estos cuatro documentos, el municipio aparece como "no cumple" en cualquier auditoría de política pública.

Qué pasa si el municipio no cumple

El CONPES 3958 no establece sanciones directas, pero el incumplimiento se traduce en:

  • Exclusión de futuros pilotos y proyectos financiados con cooperación internacional
  • Recaudo predial subestimado (catastro desactualizado = avalúos viejos = menos recaudo)
  • Observaciones de Contraloría sobre eficiencia fiscal
  • Imposibilidad de planear ordenamiento territorial con datos confiables
  • Riesgo de gestión jurídica ante el ciudadano (no puede ejercer derechos sobre datos catastrales desactualizados)

A largo plazo: pérdida de competitividad institucional frente a municipios vecinos que sí actualizaron.

Cómo Terraes ayuda a cumplir cada obligación

| Obligación CONPES | Cumplimiento Terraes | |---|---| | 1 · Adoptar formalmente | Apoyo en redacción del decreto / acuerdo | | 2 · Gestor habilitado | GEOSAT es operador habilitado IGAC nacional · puede operar bajo gestor de la entidad o ser el operador directo | | 3 · LADM-COL nativo | Modelo base de Terraes desde el día uno | | 4 · RIC/XTF al SINIC | Generación XTF prevalidada antes de radicar | | 5 · Conservación continua | 5 tipos de mutaciones + bitácora auditable | | 6 · Componente social | Flujo dedicado con actas y trazabilidad | | 7 · Interoperabilidad SIG | Convivencia con ArcGIS / QGIS · servicios WFS/WMS | | 8 · Sistema fiscal | API REST con integración bidireccional (SAP, SICAP, SySman) | | 9 · Atención al ciudadano | Mi Predio portal con PQRSD + oposición trazable | | 10 · Reportar al DNP | Reportes operativos exportables | | 11 · Propiedad del dato | Base + diccionario + bitácora siempre a nombre de la entidad | | 12 · Continuidad plurianual | Modelo SaaS gestionado · soporte plurianual |

Cada punto es demostrable en demo de 60 minutos.

En resumen

El CONPES 3958 no es solo un documento de política: es un checklist de 12 obligaciones que el municipio debe cumplir, lo sepa o no. Cumplir es cuestión de planeación, no de presupuesto: hay caminos para cada tamaño de municipio.

¿Quiere revisar el estado de cumplimiento de su municipio? Solicite diagnóstico — en sesión de 60 minutos identificamos qué obligaciones cumple, cuáles no, y qué se necesita para cerrar la brecha.

Referencias

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